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EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA IMPIDE UBICAR LA SEMANA NEGRA JUNTO AL

La sentencia de la Sala de lo contencioso coincide con otra reciente de un Juzgado gijonés que erradica el evento del entorno de El Molinón. LA NUEVA ESPAÑA (9/5/07)


Otra más. ¿Por qué tenemos los ciudadanos que estar permanentemente defendiéndonos de nuestros gobernantes? En esta legislatura, ¿cuántas sentencias llevar perdiendo el Ayuntamiento de este estilo? Y siguen haciendo lo que les da lagana ¿Hasta cuándo?



Los vecinos están ganando la partida judicial a la «Semana negra». Primero un juez prohibió ubicarla junto a El Molinón y ahora junto a El Pisón. La Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias aceptó un recurso interpuesto por la comunidad de propietarios y por Alberto Malo de Molina a título particular, y cerró las puertas de una posible vuelta del evento junto a la colonia de El Pisón.

La Sala ordenó la «erradicación» de las sucesivas ediciones de la «Semana negra» del entorno de la urbanización de El Pisón y, en todo caso, dice la sentencia, «que se ubique a una distancia mínima que impida que las emisiones sonoras procedentes de tales actos le alcancen en niveles superiores al máximo legal permitido por la ordenanza municipal».

El conflicto se inició el 20 de mayo de 1999, cuando el Ayuntamiento autorizó unos niveles sonoros superiores a los recogidos en la ordenanza entre el 9 y el 19 de julio del mismo año, coincidiendo con la «Semana negra». El letrado Marcelino Abraira recurrió esta autorización administrativa en nombre de la comunidad de propietarios y de Alberto Malo de Molina, alegando que el Ayuntamiento podía modificar los niveles en la calle, pero no en el interior de las viviendas, por lo que solicitó al juez que se declarara nula la resolución municipal, que reconociera daños y perjuicios a los vecinos, que prohibiera la «Semana negra» en la zona durante las ediciones sucesivas y que condenara al Ayuntamiento a pagar 2.500.000 pesetas de indemnización a los vecinos.

Los magistrados estimaron en parte el recurso vecinal, ya que desestimaron la petición de indemnización alegando que los perjuicios solamente pueden ser sufridos a título individual y no por la comunidad como tal. Los jueces precisan también que «no hay pruebas» que determinen que en la vivienda de Malo de Molina se hubieran sobrepasado los niveles máximos autorizados en la ordenanza. Los vecinos valoran el que se haya erradicado la «Semana negra» de la zona.

Este fallo coincide con otro de lo contencioso (recurrido también ante la Sala) que da la razón a los vecinos del edificio «Gacela» y que prohíbe su ubicación en la zona sur de El Molinón.

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