El Tribunal Superior de Justicia de Asturias anula el PGOU de LLanes al estimar el recurso planteado por Andecha Astur. LA NUEVA ESPAÑA (11/4/07)
El fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, contra el que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, anula los acuerdos adoptados sobre el PGOU de Llanes por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) en julio de 2002 y abril de 2003 «por no ser ajustados al ordenamiento jurídico».
El Plan General de Ordenación Urbana de Llanes, la principal localidad turística de la comarca oriental de Asturias, fue aprobado por la CUOTA en julio de 2002 y, posteriormente, este organismo hizo lo propio con un «texto refundido» en abril de 2003.
Ese texto refundido había incorporado algunas recomendaciones hechas desde la propia CUOTA para subsanar algunas deficiencias observadas en el PGOU inicial, así como 16 de los 54 recursos que habían presentado particulares.
El Ayuntamiento de Llanes, gobernado por el PSOE, señaló entonces que con el nuevo Plan se daba un paso importante, que se despejaban dudas sobre la ordenación del territorio del municipio y que se permitía la tramitación de las reservas regionales de suelo en él incluidas para posibilitar el acceso a las viviendas y primera residencia a familias de rentas medias y bajas del concejo.
No obstante, la formación nacionalista Andecha Astur reclamó la anulación de este acuerdo porque no se había abierto un nuevo periodo de información pública para aprobar el texto refundido.
Este punto ha sido avalado por la sentencia del tribunal que preside Julio Gallego Otero, que considera que la introducción de cambios sustanciales del planeamiento urbanístico «obliga a abrir un nuevo trámite de información pública que garantice la participación de los ciudadanos en el proceso de elaboración de la norma».EFE
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