Archivos

Fotos

2MV_06 2MV_09 2MV_14 marcha02

INICIATIVA POPULAR CON 31.750 FIRMAS

Sábado 11, 12:00 horas Edificio Municipal Pescadería. El Colectivo para la Defensa de la Zona Rural Gijonesa entrega las firmas de rechazo al PGOU en el registro municipal



Aunque hace tiempo que se ha obtenido el número de firmas requerido por la Ley de Grandes Ciudades para ejercer la «iniciativa popular» en nuestra ciudad, este colectivo todavía no ha efectuado la entrega de las mismas por registro municipal, porque ha preferido esperar la respuesta de nuestro Ayuntamiento a una serie de requerimientos que, por escrito, se han formulado hace meses y que más abajo se muestran.


Como era de esperar, teniendo en cuenta el talante demostrado en este tema por nuestras «democráticas» autoridades, hasta la fecha no se ha recibido respuesta alguna, y parece ya el momento de efectuar la entrega de las 31.750 firmas que se hayan registradas notarialmente en la actualidad, si bien hay algunas más. En todo caso, superan ampliamente las 28.000 necesarias.


La entrega se hará el SÁBADO 11 a las 12:00 horas en el Edificio Municipal de la Pescadería.


Aprovechando lo entrañable de estas fechas y sabiendo (por la prensa) lo encantadas que están nuestras autoridades con la participación ciudadana, este colectivo ha pensado entregar las firmas en forma de REGALO NAVIDEÑO, para que sirva, además, de reconocimiento a los 25 AÑOS DE «PAZ Y DEMOCRACIA PARTICIPATIVA» en nuestra ciudad. Asimismo, se anima a permanecer en el poder, al menos, otros 11 años más, para parecerse también en eso a sus antecesores.


Se acompañan las cartas enviadas a nuestras autoridades y de las que estamos esperando respuesta:


Carta a los grupos políticos del gobierno municipal (18 de octubre de 2004)
(SIN RESPUESTA)


Sr. Portavoz:


La plataforma ciudadana que ha organizado y llevado a cabo el proceso de recogida de firmas relacionado con el derecho reconocido en la ley de Grandes Ciudades sobre la iniciativa popular, tiene el gusto de ponerse en contacto con Ud. para comunicarle que a fecha de hoy la iniciativa ya cuenta con el respaldo ciudadano que exige dicha ley (un 10% del censo municipal).


Dada la trascendencia de este hecho y que las propuestas en las que se basa la iniciativa popular deberán ser sometidas a debate en un pleno municipal, Carmen Suárez Cortina, como persona encomendada por esta plataforma,


SOLICITA una entrevista con Ud. o con la persona que estime conveniente de su grupo municipal.



Carta a la Sra. Alcaldesa (18 de noviembre 2004)
(SIN RESPUESTA)


EXCMA. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILTRE. AYTO DE GIJÓN:


El Colectivo para la Defensa de la Zona Rural Gijonesa ha organizado y llevado a cabo el proceso de recogida de firmas para ejercer la iniciativa popular. Una vez recogida la cantidad de firmas necesarias de ciudadanos con derecho a voto en las elecciones municipales en el concejo de Gijón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 bis de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y con las modificaciones introducidas por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, es la voluntad de los firmantes el ejercer este derecho de iniciativa popular.


Los abajo firmantes, en representación de esta plataforma ciudadana, EXPONEN:


PRIMERO: Que la disposición adicional primera del Reglamento Orgánico de Funcionamiento del Pleno dice que «la participación ciudadana en el Pleno y sus Comisiones se regirá por lo dispuesto en el Reglamento Orgánico de Funcionamiento y Régimen Jurídico del Ayuntamiento de Gijón». Asimismo, éste último, en su artículo 53 dice:
«Los vecinos que gocen del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales podrán ejercer la iniciativa popular presentando propuestas de acuerdos o actuaciones o proyectos de reglamentos en materias de la competencia municipal. Dichas iniciativas deberán ir suscritas, al menos, por el diez por ciento de vecinos del municipio. Tales iniciativas DEBERÁN SER SOMETIDAS A DEBATE Y VOTACIÓN en el Pleno, sin perjuicio de que sean resueltas por el órgano competente por razón de la materia. En todo caso se requerirá el previo informe de legalidad del secretario del Ayuntamiento, así como el informe del interventor cuando la iniciativa afecte a derechos y obligaciones de contenido económico del Ayuntamiento…Tales iniciativas pueden llevar incorporadas una propuesta de consulta popular local, que será tramitada en tal caso por el procedimiento y con los requisitos previstos en el artículo 7, de la Ley 7/85, de 2 de abril» (De conformidad con la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, cuando ésta tenga competencia estatutariamente atribuida para ello, los alcaldes, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los relativos a la Hacienda Local).


SEGUNDO: Que a pesar de lo estipulado por Artículo 70 bis de la Ley 7/85 reguladora de las Bases de Régimen Local, que indica que «Los ayuntamientos deberán establecer y regular, en normas de carácter orgánico, procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local,(…)», el Ayuntamiento de Gijón, a día de hoy no tiene desarrollados, al menos con la claridad y precisión necesarias, los pertinentes reglamentos orgánicos que indiquen con detalle cómo ha de desarrollarse la efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local.


TERCERO: Que es responsabilidad de estos representantes vecinales intentar que el contenido del escrito que refleja la voluntad de más de 32.000 gijoneses sea objeto de discusión en los órganos competentes municipales, tal y como recoge la legislación anteriormente citada.


Por todo ello, SOLICITAN la respuesta a las siguientes preguntas:


PRIMERA. Dado que las Comisiones del Pleno tienen como misión «el estudio, informe o consulta de los asuntos que tengan que ser sometidos a la decisión del Pleno», ¿Piensa este gobierno municipal tratar previamente los asuntos en algunas de estas Comisiones? ¿Qué procedimientos y órganos adecuados tiene previsto el Ayto. para hacer efectiva la participación de los vecinos en dichas Comisiones y en el Pleno?


SEGUNDA. Ya que la ley contempla que en el Pleno se produzca no sólo la lectura, sino también el debate y la votación de las propuestas en las que se basa la iniciativa popular, ¿En qué condiciones se va a desarrollar tal debate y quiénes serán sus participantes?


TERCERA: El número de firmas supera ampliamente las necesarias para llevar a cabo la iniciativa popular. ¿Considera el gobierno municipal que la petición de 32.000 gijoneses merece la convocatoria de un Pleno Extraordinario con carácter monográfico?


CUARTA: Partiendo del espíritu democrático que impulsa la Ley de Grandes Ciudades, teniendo en cuenta el manifestado interés de su 2º Teniente de Alcalde sobre la participación ciudadana y dado el número de firmas recabadas, que ronda las que permitirían, según la ley, efectuar un referéndum, ¿Promovería su equipo de gobierno dicha consulta popular cuando se alcancen las firmas suficientes?


Por todo ello, y amparado en el máximo respeto y consideración debida a las personas firmantes del manifiesto,


Se SOLICITA a V.E. una reunión preliminar entre representantes de los grupos políticos que constituyen la Corporación y una representación reducida (2 ó 3 personas) de los firmantes, con el fin de resolver las cuestiones anteriores, así como de explicar o puntualizar el contenido de la iniciativa popular.


Los solicitantes esperan que esta reunión que se pide, permita al Ayto. acomodar en lo posible su actuación a la obligación no cumplida de establecer y regular procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos.


Adjunto a la presente se acompañan las peticiones populares, en espera de que una satisfactoria contestación a lo solicitado permita presentar inmediatamente las firmas vecinales.


Gijón, 18 de noviembre de 2004


 


 


 



 

Deja un comentario

Puede utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>